viernes, 4 de diciembre de 2009

CAMBIO DE PROGRAMACIÓN POR DERRUMBE DEL EDIFICIO DE LOS TIZONES




El emblemático edificio de la sociedad nativista: Los Tizones de Ansina, fue aplastado por un gigantesco y añejo árbol, el domingo 29 de noviembre, por la noche, cuando se desató una fuerte tormenta de agua y viento.- En éste mismo blog pueden encontrar información sobre ésta sociedad y lo que significaba para nuestra zona.- Realmente todos lamentamos muchísimo lo ocurrido.- No hubo heridos, solo daños materiales.-
Por lo expresado anteriormente, la organización de la Fiesta Gaucha de la Virgen de Itatí, se vio obligada a modificar en parte su programación, en lo que refiere a el lugar donde se desarrollarán todas sus actividades.- Los eventos que debían realizarse en el local de Los Tizones de Ansina, se trasladan ahora , para el patio de la Parroquia Nuestra Señora de Itatí.-

11a FIESTA GAUCHA DE LA VIRGEN DE ITATI


11ª FIESTA GAUCHA DE LA VIRGEN DE ITATÍ”:
11, 12 y 13 de diciembre de 2009
Declarada de INTERÉS DEPARTAMENTAL, Junta Departamental de Tacuarembó.
Declarada de INTERÉS TURÍSTICO, Ministerio de Turismo y Deporte
Declarada de INTERÉS CULTURAL, Ministerio de Educación y Cultura
VEA EL PROGRAMA
Comienzo de la Fiesta con Museos en la Noche
En la nueva sede del Museo Comunitario: a partir de las 22 horas del jueves 10 de diciembre, hasta las 10 hs del viernes 11, Fogón, Conferencia sobre “La Norma”, danzas, fuegos artificiales
Viernes 11
18 hs. Comienza la Tercera Caminata hacia la Virgen de Itatí.
19 hs. Traslado de la Imagen de la Virgen desde el Museo Comunitario al escenario junto a la sede de Los Tizones de Ansina. Procesión y rezo del Santo Rosario.
20 hs. Peña Folclórica, apertura de la feria Artesanal.
Sábado 12
06 hs. Bienvenida a los peregrinos de la Tercera Caminata hacia la Virgen de Itatí.
19 hs. Solemne Celebración de los Bautismos.
20 hs. Peña Folclórica.
00 hs. Cambio del Traje de la Virgen.
01 hs. Baile.
Domingo 13
10 hs. Solemne Misa Guacha
11 hs. Desfile de caballería Gaucha
14 hs. Jineteadas en el Ruedo
20 hs. Peña Folclórica y Entrega de Premios.

sábado, 3 de octubre de 2009

TRABAJO Y DISCRIMINACION

TRABAJO Y LIMITE DE EDAD EN URUGUAY

TRABAJO Y LIMITE DE EDAD EN URUGUAY

Acceder al trabajo en iguales condiciones, hasta la edad que establece la ley para jubilarse, es un derecho o debería serlo, de todo ciudadano uruguayo.- Las únicas condicionantes posibles son o tendrían que ser, las que específicamente se indiquen por la labor en sí.- Por ejemplo, en una propuesta de trabajo, donde indique como condiciones: mujeres altas, delgadas, determinadas medidas y edad, se entenderá que la propuesta de trabajo es para exhibir ropa o algo parecido.- Yo, “gordita, baja y veterana”, por supuesto que me abstengo de inscribirme en tal llamado de trabajo, ya que comprendo que no reúno las condiciones.-
Vemos permanentemente en las propuestas de trabajo, tanto públicas como privadas, el tope “fatal” de edad : 20, 25, 35 o 40 años a lo sumo.-
Las normas referidas a la jubilación establecen la edad de 60 años para jubilarse, por tanto, las personas que no han cumplido esa edad, están aptas para trabajar a no ser que se justifique ante el Banco de Previsión Social alguna incapacidad que las inhabilite de una forma importante.-
Nuestra Constitución en su artículo 8 establece : “Todas las personas son iguales ante la ley no reconociéndose otra distinción entre ellas sino la de los talentos o las virtudes”.- Y el artículo 55 de la misma dice: “La ley reglamentará la distribución imparcial y equitativa del trabajo”.-

Convenios Internacionales respecto a la no discriminación en el trabajo han sido aprobados por nuestro país, a saber: el Pacto de Derechos Económicos y Sociales de la O.N.U., aprobado por Ley Nº 13.751, la Convención Americana de Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica por Ley Nº 15.737, y los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo Nº 111 relativo a la Discriminación en materia de empleo y ocupación y Nº 156 sobre Igualdad de Oportunidades y de trato entre trabajadores y trabajadoras y sobre trabajadores con cargas familiares, ambos aprobados por Ley Nº 16.063. .-
Se han regulado además otras situaciones similares de discriminación, como son los casos de: discapacidad en la Ley Nº 16.095 de noviembre de 1989, y también la protección contra el racismo, la xenofobia y la discriminación por razones de religión, creencias, opción sexual y demás en la Ley Nº 17.817 de setiembre de 2004. En marzo de 2007 se aprobó la ley de igualdad de género Nº 18.104 titulada "Igualdad de Derechos y Oportunidades entre Hombres y Mujeres en la República".
Bien, todo esto nos lleva a pensar, que existe un marco jurídico suficiente para proteger éste derecho de las personas, cual es, el derecho en igualdad de condiciones al trabajo.- Quedaría tan solo , reglamentarlo, a los efectos de que, quede claro para los patrones, empresas ( públicas o privadas) como deben de proceder, al momento de hacer un llamado laboral o sacar al mercado una propuesta de trabajo.-
Pero… pensemos por un momento, que no nos asiste la razón y éste derecho: el de acceder en iguales condiciones a las propuestas de trabajo, no existiera.- Sería un vacío legal que se debe llenar.- Como? Con una ley que ampare a las personas de 18 a 60 años, a participar en todas las ofertas laborales, condicionadas solamente en lo que tiene que ver específicamente con la labor.-
De lo contrario, se debería reformar la ley de jubilación, modificando la causal jubilatoria en lo que refiere a la edad, bajándola hasta los 35 o 40 años de edad .- Edad ésta, donde ya no tengo posibilidades de encontrar trabajo en el Uruguay.-
(Dicho con el mayor respeto que merecen y algunos de los cuales son mis mejores amigos) :
¿Porque un discapacitado? Si , un veterano no!
¿Por qué un gay o lesbiana? Si, un veterano no!
¿Por qué un chino, indio o negro? Si, un veterano no!
¿Por qué un judío, musulmán, cristiano o budista? Si, un veterano no!
¿Por qué se ha decidido que sólo los muy jóvenes pueden trabajar?
¿ESTO NO ES DICRIMINACIÓN?
Cuando las crisis (nacionales o internacionales) nos sacuden, quienes primero se ven afectados son los trabajadores o aquel pequeño empresario que debe cerrar su negocio, en fin, los más débiles en la cadena productiva.- Esto hace, que se deban de reacomodar nuevamente en otros trabajos.- Pero…que sucede? Ya es viejo, tiene 35 años! .- Este criterio es muy cerrado, está pensado solamente para una economía estable y lineal, donde la persona, comienza su historia laboral a los 18 años y transcurre en el mismo trabajo hasta la edad de jubilarse.- Pero la vida, la realidad no es así, las personas por diferentes circunstancias, van y vienen, deben dejar sus trabajos e ingresar en otros, permanentemente, si! con más de 35 años .-

Firma Ofelia Esperanza Alonso Laguillo
CI: 3.643.503-5
Email: ansitacua@hotmail.com
ansitacua@gmail.com
Villa Ansina-Tacuarembó-Uruguay